jueves, 27 de febrero de 2014

MAS ALLA DE LA CIRCULAR

El ultimo pronunciamiento de la Superintendencia de Sociedades frente a la prevención del lavado de activos en el sector real, plasmado en la Circular Externa 304-000001 del 19-Feb-2014 es un importante avance en la prevención de los delitos económicos como el lavado de activos, corrupción y fraude que tanto afecta nuestro país; es de aplaudir que el Gobierno por medio de los Supervisores está tomando medidas en cuanto a la comisión de éstos delitos y a su vez muestra a la comunidad internacional que Colombia es capaz de adherirse por completo a los acuerdos internacionales.

El lavado de dinero es una actividad criminal que golpea la economía de una región, que trastoca los indicadores de desarrollo y empobrece; el lavado de dinero solo produce ganancias a sus perpetradores que retiran el dinero producto de sus crímenes cuando logran su cometido dejando desbastadas y sumidas en la pobreza a la comunidad y como si fuera poco genera más delitos como la Extorsión, Secuestro, Sicariato y Narcotráfico.

Los crímenes económicos no respetan estrato o condición social, no tienen barreras y sus criminales no tienen escrúpulos para despojar a la sociedad de su dignidad e introducir maliciosamente las ganancias de sus actividades; es por ello que la corrupción, el fraude, el narcotráfico, el secuestro, el desplazamiento son titulares de las  primeras planas de los periódicos y demás medios de comunicación; donde tanto políticos de alto turmequé, empresarios de las más altas alcurnias de la sociedad colombiana, empresas nacionales y extranjeras y personas creativas sin ética han sido protagonistas de los descalabros financieros más grandes del país resumiendo todo en lavado de activos.

En mi contexto cotidiano yo concluyo el lavado de activos como todo aquello que se tiene y que no se es capaz de explicar su origen económico; es por esto que no podemos pensar que los crímenes económicos solo se cometen en grandes corporaciones, en los partidos políticos o en los contratos con la Nación; desafortunadamente los pequeños empresarios y comerciantes son los más vulnerables y afectados en estos eventos; es por ello que considero que la Circular Externa 304-000001 del 19-Feb-2014 se queda corta frente a la imposición de tener un esquema basado en riesgo de lavado de activo solo para las empresas que para el 31 de diciembre del 2013 tengan más 160.000 smmlv, que en plata colombiana son $98.000.000.000.oo (Noventa y ocho mil millones de pesos); dejando por fuera del ámbito de aplicación a todas las empresas que en el 2013 hayan tenido ingresos menores de 160.000 smmlv.

Si el delito no discrimina tipo de sociedad, área, o contraparte; por lo tanto las medidas deben ser del mismo calibre; las medidas tomadas deben ser incluyentes, impartidas por igual en toda la sociedad y de obligatorio cumplimiento. La protección frente a los delitos económicos no es una opción, es una obligación que tenemos cada ciudadano y que se imparte desde el inicio de nuestra educación en casa.


Señores Empresarios, Contadores, Revisores Fiscales, Asociados, entre otros; no tomen ésta normativa como un formulario más que deben diligenciar o firmar; es un mecanismo que tenemos para levantar nuestra moral y dignidad ante tanto delincuente suelto.

martes, 25 de febrero de 2014

INEPTITUD MAS QUE FRAUDE

Hablar de Fraude no es simple, menos en el sistema financiero; cuando los perpetradores todos los días tocan las puertas virtuales de los bancos tratando de hacer cualquier tipo de daño; y menos aún será fácil cuando el delito ha llegado a tu familia.
Mi caso es real, no sé si afortunadamente o infortunadamente, dado que  se trata de alguien muy cercano que con angustia me cuenta el caso de la suplantación de su identidad por medio de una tarjeta de crédito en DAVIVIENDA; producto que fue emitido en septiembre del 2012, usado tres veces un día de junio del 2013 y que posteriormente nunca fue pagado, dejando a la afectada con mora en el sistema financiero y cartera castigada.

El hecho fue descubierto por medio de un estudio crediticio elaborado por el banco de confianza de la víctima del fraude, quien de inmediato dio aviso de tan nefasto evento para que se procediera con la mayor diligencia a elaborar la noticia judicial ante las autoridades pertinentes y proceder a reclamación bancaria en DAVIVIENDA.

La comisión de un fraude puede ser compleja, depende de los controles y el sistema de alarmas de quien esté interesado en prevenirlo; sin embargo escaparse a la cantidad de eventos fraudulentos en algunos casos no es simple; y es apenas entendible que dichas situaciones se presenten; pero lo que no se admite es la cantidad de anormalidades ocurridas en el proceso de otorgamiento de la tarjeta de crédito para el victimario y lo peor, que considero se sale de todo esquema es la indelicadeza, falta de atención,  preparación y gentileza que podemos resumir como grosería en el personal de DAVIVIENDA que atendió a la víctima.

La tarjeta de crédito fue expedida en septiembre del 2012 en una campaña de DAVIVIENDA por colocar más tarjetas de crédito en el mercado sin la debida diligencia del cliente, dado que dicho producto financiero fue otorgado al victimario con documentos e información de la víctima que proceden del año 2005 aproximadamente; es decir que DAVIVIENDA nunca se remite a sus bases de datos para verificar que dicha información es la correcta. Cabe aclarar que la víctima no es cliente de DAVIVIENDA.
Yo me pregunto en ocho años cuantos cambios familiares, laborales y sociales puede sufrir un ser humano? Para el sistema financiero es mucho más fácil obtener la información reciente que indagar en la de hace 8 ó 10 años, para DAVIVIENDA no.

El consumo de la tarjeta de crédito se hace nueve meses después, en junio de 2013, el cual nunca fue cancelado; por lo que originó una mora en el sector financiero y por ende cartera castigada; pues los datos de los documentos al momento del cobro no tenían relación con la víctima.

DAVIVIENDA fue cuestionada verbalmente sobre el protocolo de verificación de datos en la campaña de colocación de tarjetas de crédito, donde para la época solo se requería de la fotocopia de la cédula como fuente de información, sin embargo sorprende más la respuesta que el mismo protocolo de adjudicación… fue un proceso terciarizado del cual no asumimos responsabilidades. Señores DAVIVIENDA, la terciarización de sus servicios no lo exime de la responsabilidad de la prevención de fraude.

Uno de los mayores activos del sector financiero son sus bases de datos; las instituciones financieras no ahorran esfuerzos ni dinero para estar actualizados con la cantidad de registros que originan sus clientes y sus posibles clientes; es decir que todos lo que tengamos una relación laboral, o tengamos seguridad social, o estemos vinculados en el mundo comercial estamos en las bases de datos que dichos bancos administran; más sin embargo DAVIVIENDA no realizó la consulta posterior al fraude, ya que también terciarizó el cobro jurídico.

Pero la molestia y la sorpresa con respecto a la carencia de controles y el afán de protagonizar campañas de colocación de productos no quedan ahí; dado que la ineptitud frente al manejo del caso por parte de los funcionarios de DAVIVIENDA que fueron consultados fue desproporcionada.  Es evidente que no se hace proceso de capacitación para atender este tipo de eventualidades que no corresponden a servicio al cliente; es un tema de mayor envergadura que merece respeto tanto hacia la víctima como hacia el mismo banco que fue violentado.


Las instituciones financieras deben estar preparadas para atender la carga emocional que produce un fraude, tener tacto para no atentar contra la víctima, ser asertivos en la información suministrada a la víctima y sobre todo explicar el proceso por medio del cual su nombre desaparecerá de las listas de mora y cartera castigada.