Los sujetos obligados están determinados en las 40 Recomendaciones del GAFI, las cuales deben ser implementadas en cada jurisidicción. R22 y R23 se enfocan en ACTIVIDADES Y PROFESIONES NO FINANCIERAS DESIGNADAS donde abogados, notarios, contadores e incluso auditores tienen responsabilidades puntuales en la adiminstración del riesgo de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.
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